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Distintivo de permanencia Gestión y Apoyo Policía Nacional
Metálico.
En relieve.
La actividad vinculada al área funcional de gestión de apoyo, desempeña un papel primordial y fundamental en el funcionamiento eficaz de la Dirección General de la Policía, al asumir responsabilidades claves en la planificación, coordinación, evaluación y seguimiento en la transversalidad y conexión de las restantes áreas de actividad previstas en el citado artículo 20.1 de la Ley Orgánica 9/ 2015, de 28 de julio.
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Distintivo de permanencia Gestión y Apoyo Policía Nacional
Las especiales circunstancias y características que concurren en la misión que asume el área de función de gestión y apoyo, requieren un alto grado de compromiso, especialización, versatilidad y capacidad de adaptación, resultando indispensables y necesarios para el cumplimiento de la misión constitucional de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
Derecho al uso:
- Adquirirá el derecho al uso del distintivo de permanencia cuando haya estado destinado o prestado servicio en el área funcional de gestión y apoyo durante 3 años consecutivos.
- El distintivo de permanencia no se podrá ostentar simultáneamente con el distintivo de función. En caso de tener derecho a ambos sólo se ostentará el de función.
- La autorización para ostentar el distintivo de permanencia se otorgará mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Policía, a propuesta de la Jefatura de la División de Personal, de conformidad con el procedimiento establecido en la normativa que regula el derecho al uso de los distintivos.
- Anualmente se publicará, en la Orden General de la Dirección General de la Policía, la relación nominal del personal a quien se le haya concedido autorización para el uso de dicho distintivo.